Un convenio bilateral es un acuerdo firmado entre dos países para regular cuestiones de diversa índole. El espíritu de los convenios es que las personas que se acogen a ellos reciban igualdad de trato frente a los y las nacionales, así como fomentar las relaciones comerciales entre ambos países.
Existen muchos tipos de convenios entre estados. En relación al teletrabajo, mencionamos a continuación los más relevantes:
Convenios de seguridad social
Estos convenios se utilizan para garantizar la protección de trabajadores y trabajadoras que, siendo nacionales de uno de los países, desarrollan su actividad laboral en el otro Estado, y viceversa.
Los convenios en materia de seguridad social pueden regular el modelo de cotización y las protecciones sociales recogidas en el sistema para los trabajadores. De igual modo, estos acuerdos pueden regular el acceso a prestaciones como la pensión de jubilación.
Convenios de doble imposición
Los convenios o tratados para evitar la doble imposición con acuerdos que tienen por objetivo fomentar las inversiones y las relaciones económicas entre estados. Estos acuerdos ofrecen seguridad jurídica y reducen la fiscalidad de las inversiones.
Aplicado al teletrabajo, estos convenios son las normas regulatorias en materia de fiscalidad. De este modo se evita que el teletrabajador tenga que pagar impuestos en ambos países por su actividad laboral.
¿Qué sucede cuando no hay convenios entre dos estados?
En el caso de que estés en un país que no mantenga acuerdos bilaterales con tu país de origen estarás más expuesto ante la Administración.
Por un lado, porque no habrá un reconocimiento de las cotizaciones realizadas por uno u otro país. Esto puede afectar a prestaciones como las de incapacidad o jubilación.
Por otro lado, porque tendrás que hacer frente a tus obligaciones fiscales sin un marco jurídico regulatorio, por lo que tendrás que pagar impuestos en ambos países por tu actividad.
Recomendaciones para teletrabajadores/as en el extranjero
Ante la falta de una legislación internacional en relación al teletrabajo, son los convenios bilaterales los que regulan la actividad. Estos convenios han sido elaborados sin tener en cuenta la posibilidad de teletrabajar desde otro país porque fueron elaborados hace años.
Las personas que quieran teletrabajar desde un país diferente al suyo deben informarse sobre los convenios existentes entre ambos estados y las obligaciones que como individuo tiene ante ambas Administraciones.
En el caso de que existan convenios en vigor, se debe atender a las particularidades del mismo. Cada convenio es diferente y tienen sus propias excepciones. Por ejemplo, un convenio puede reconocer y regular el derecho a jubilación y otro no.
En el caso de que no existan convenios, la persona tiene que ver si su Administración le ofrece algún tipo de convenio especial para atender su situación. En el caso de España por ejemplo existe la posibilidad de acogerse al Convenio especial para los emigrantes españoles e hijos de estos que trabajen en el extranjero y seglares, misioneros y cooperantes, un acuerdo por el que el teletrabajador podrá cotizar en España por la base mínima de cotización para mantener sus derechos frente a la Seguridad España. De igual modo, tiene que conocer la normativa en materia de impuestos para hacer las declaraciones tributarias correspondientes.