Convenio bilateral para evitar la doble imposición entre Italia y España

Temática

Como se ha explicado en la entrada de convenios bilaterales, el convenio para evitar la doble imposición tiene la finalidad de que una misma renta no sea gravada dos veces por distintos países. En este caso, vamos a analizar el convenio firmado entre Italia y España para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta.

Este convenio se enfoca en dos grandes grupos: las personas físicas y las personas jurídicas.

Las personas físicas se someterán a este convenio a la hora de gravar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (imposta sul reddito delle persone fisiche). En este caso, Italia y España han acordado que el lugar donde la persona sea considerada residente fiscal es donde se debe pagar el impuesto.

En caso de haber pagado el impuesto de la renta en una país distinto del lugar en el que eres considerado residente fiscal, aplicaría el presente convenio, por lo que tendrías que abonar la diferencia del porcentaje a abonar en los distintos países.

Ejemplo para personas físicas:

Pedro es residente fiscal en Italia, no obstante ha realizado la declaración de la renta en España pagando un 24%. Al ser considerado residente fiscal italiano deberá abonar a Italia la diferencia del porcentaje que debería pagar en Italia por su renta (un 25%) y del que ha pagado en España (24%). Por lo que Pedro tendrá que tributar en Italia la diferencia del 1%.

Las personas jurídicas no deben tributar en un país distinto de donde tenga su sede principal a no ser que la empresa posea un establecimiento permanente en otro país. En caso de tener un establecimiento permanente, se tributarán en ese país únicamente la diferencia entre los beneficios empresariales obtenidos en el establecimiento permanente y los gastos deducibles.

Ejemplo para personas jurídicas:

Rotulador S.L es una empresa española que ha operado en Italia, no obstante, no posee un establecimiento permanente allí, por lo que no deberá abonar en Italia el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas (imposta sul reddito delle persone giuridiche).

Por otro lado, Lápices S.L es una empresa italiana con sede permanente en España. Al tener una sede en España, esta tendrá que tributar en España los beneficios obtenidos en el mercado español aplicando la diferencia entre los gastos derivados de este establecimiento permanente (alquiler del local, etc.). Los dividendos obtenidos por tener acciones en una empresa se deben tributar en el lugar donde se encuentre la empresa.

No obstante, si eres residente fiscal en otro país, tu país de residencia puede tributar hasta un 15% adicional por los beneficios obtenidos por los dividendos.